Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060108)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Agencia Extremeña de la Energía por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños.
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NÚMERO 12
Miércoles 17 de enero de 2024

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ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta
justificativa.
Teniendo en cuenta que la documentación que soporta la cuenta justificativa debe ser objeto
del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional.
Siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha
cuenta justificativa, memoria de actividades y operaciones y documentación en ficheros electrónicos, así como especificar pormenorizadamente tanto los recursos humanos como materiales, cuantificados económicamente.
Debiendo ser verificado el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura.
A tales efectos, se establecen en las presentes instrucciones las pautas que, con exactitud y
sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio
de AGENEX, y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera
disponibilidad de cualquiera de las Administraciones Públicas con competencias en materia de
seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de AGENEX la conservación de
la documentación durante un plazo mínimo de 3 años.
Documentación de justificación.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, se deberá presentar la siguiente
documentación:
Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de
AGENEX, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los