Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060108)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Agencia Extremeña de la Energía por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños.
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Miércoles 17 de enero de 2024

La entidad designará al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia
plantilla, que tendrá las siguientes funciones:
a) Actuar como interlocutor de la entidad frente a la Consejería canalizando la comunicación entre la Consejería y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al encargo, en toda lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de la Transferencia
Específica.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de la Transferencia
Específica, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que
sean necesarias en relación con la prestación del servicio.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen asignadas, así como controlar la asistencia de dicho
personal al puesto de trabajo.
d) Informar a la Consejería acerca de las variaciones, ocasionales a permanentes, en la
composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de los trabajos.
Estas funciones que son propias, al menos de un jefe de Sección, no supondrán un incremento del presupuesto por parte del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía, quien las
realizará con cargo al personal de su estructura sin coste para la Transferencia Específica.
Participación de cada perfil.
Para la realización de estas actividades, la AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA asignará
el siguiente equipo humano:
Meses de dedicación al proyecto
Nivel

2024

2025

Técnico 1 n.º 1

12

12

Técnico 1 n.º 2

12

0

Lo que supone el siguiente % de imputación con respecto a los costes de empresa anuales
de cada trabajador (considerando todos los costes del trabajador indicados en la Tabla 3
del Anexo II):
% Imputación de los costes de empresa anuales de cada trabajador
Nivel

2024

2025

Técnico 1 n.º 1

100 %

100 %

Técnico 1 n.º 2

100 %