Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060042)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del proyecto Plan de potenciación de la investigación en Atención Primaria en Extremadura.
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NÚMERO 11
3031
Martes 16 de enero de 2024
Las actuaciones a realizar por FUNDESALUD serán las determinadas en el cuadro de partidas
elegibles indicado en la cláusula tercera
Tercera. Obligaciones de las partes.
En el desarrollo de la colaboración que se establece por el presente convenio, ambas partes
asumen las siguientes obligaciones:
Corresponde al SES, a través de la Dirección General de Asistencia Sanitaria:
— Dirigir y supervisar los trabajos, para su desarrollo por FUNDESALUD.
— Transferir el importe de doscientos cinco mil euros (205.000,00 €) a FUNDESALUD de
conformidad con la cláusula siguiente.
Corresponde a FUNDESALUD:
— Organizar, gestionar y controlar la ejecución de los trabajos citados, con la colaboración
del SES.
— Destinar el importe económico recibido en el marco del presente convenio al desarrollo
de los programas y actuaciones que se describen en la cláusula segunda. En concreto,
las actuaciones especificadas en la siguiente tabla:
PARTIDAS ELEGIBLES
PRESUPUESTO
TOTAL
Servicios a contratar por FUNDESALUD:
Servicios de formación sobre Bioestadística, Metodología de la Investigación y
Buenas prácticas en Ensayos Clínicos
133.963,04 €
Servicios de diseño y desarrollo de página web (Registro de investigadores, trabajos realizados, solicitud datos investigación, publicación de convocatorias…)
44.297,83 €
COSTES OPERATIVOS (85%)
GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD (15%)
COSTE TOTAL PROYECTO
178.260,87 €
26.739,13 €
205.000,00 €
3031
Martes 16 de enero de 2024
Las actuaciones a realizar por FUNDESALUD serán las determinadas en el cuadro de partidas
elegibles indicado en la cláusula tercera
Tercera. Obligaciones de las partes.
En el desarrollo de la colaboración que se establece por el presente convenio, ambas partes
asumen las siguientes obligaciones:
Corresponde al SES, a través de la Dirección General de Asistencia Sanitaria:
— Dirigir y supervisar los trabajos, para su desarrollo por FUNDESALUD.
— Transferir el importe de doscientos cinco mil euros (205.000,00 €) a FUNDESALUD de
conformidad con la cláusula siguiente.
Corresponde a FUNDESALUD:
— Organizar, gestionar y controlar la ejecución de los trabajos citados, con la colaboración
del SES.
— Destinar el importe económico recibido en el marco del presente convenio al desarrollo
de los programas y actuaciones que se describen en la cláusula segunda. En concreto,
las actuaciones especificadas en la siguiente tabla:
PARTIDAS ELEGIBLES
PRESUPUESTO
TOTAL
Servicios a contratar por FUNDESALUD:
Servicios de formación sobre Bioestadística, Metodología de la Investigación y
Buenas prácticas en Ensayos Clínicos
133.963,04 €
Servicios de diseño y desarrollo de página web (Registro de investigadores, trabajos realizados, solicitud datos investigación, publicación de convocatorias…)
44.297,83 €
COSTES OPERATIVOS (85%)
GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD (15%)
COSTE TOTAL PROYECTO
178.260,87 €
26.739,13 €
205.000,00 €