Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060057)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 40,80 hectáreas de olivar en los parajes Rosita y El Gallinero", cuyo promotor es Manuel Cortés Durán, en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz). Expte.: IA23/0649.
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Martes 16 de enero de 2024

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3. L a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, emite informe con fecha 25 de julio de 2023, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público
hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía; a la existencia o inexistencia
de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas y respecto a
la seguridad de presas/balsas, en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito
de sus competencias:


— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: Parte de la superficie de riego, así
como una de las captaciones de aguas, se ubicarían en zona de policía del arroyo del
Palomar y del regato del Moral, los cuales constituyen el DPH del Estado, definido en
el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).

De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes)
que lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:


–u
 na zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal,
vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad.



–u
 na zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca. Dicha autorización será independiente de
cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos órganos de las Administraciones Públicas.

Los ríos y arroyos funcionan como corredores ecológicos y de biodiversidad, por lo
que siempre se debe respetar su continuidad, tanto lateral como longitudinal, de
acuerdo con el artículo 126 bis del Reglamento del DPH.
Los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un
resguardo de 1 metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.


— Consumo de agua: Según la documentación aportada, el proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 76.119,44 m3/año. Se indica asimismo
que dicho volumen de agua provendrá de dos sondeos ubicados en la parcela 70 del
polígono 34 de término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz).