Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Inserción Laboral. Subvenciones. (2023040388)
Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural "ATENEO" y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
80 páginas totales
Página
NÚMERO 11

2947

Martes 16 de enero de 2024

Capítulo II
Línea I. Subvenciones a entidades promotoras de los proyectos del
Programa Colaborativo Rural ATENEO
SECCIÓN 1.ª CONDICIONES DE LOS PROYECTOS
Artículo 14. Personas destinatarias finales.
1. Podrán participar en estas acciones las personas desempleadas en situación o en riesgo de
exclusión social, según se define en el apartado siguiente de este artículo, mayores de 18
años e inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, y que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener la titulación y los requisitos específicos establecidos en perfil de acceso del programa formativo del proyecto aprobado.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto.
A dichos efectos, y sin perjuicio de otros supuestos, se entenderá que la persona aspirante no ostenta el presente requisito, si al tiempo de realizar la contratación laboral
correspondiente, y así procediera legalmente, los servicios de prevención de riesgos
laborales de la entidad promotora emitieran informe desfavorable al respecto sobre
la imposibilidad de adecuar la debida protección de la salud o integridad física de las
personas trabajadoras y el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo a
desempeñar, derivada de la situación psicofísica del aspirante previa al contrato.
c) Estar desarrollando o haber desarrollado en los últimos doce meses un itinerario individual y personalizado de empleo con el SEXPE o una entidad colaboradora, que deberá
cumplir los siguientes requisitos:


— Tener suscrito un acuerdo personal de empleo con tutor asignado o tutora asignada.



— Que en el diseño o posterior actualización del itinerario individual y personalizado de
empleo se haya contemplado como medida a desarrollar la mejora de su cualificación
profesional a través de un programa público de empleo-formación.

d) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un
contrato de formación en alternancia.
e) Carecer

de la formación que se adquirirá en el desarrollo del proyecto.