Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Inserción Laboral. Subvenciones. (2023040388)
Decreto 287/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa Colaborativo Rural "ATENEO" y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
80 páginas totales
Página
NÚMERO 11
Martes 16 de enero de 2024



2944

• Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución
de la operación, destinados al público o a los participantes.



• Exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación
donde se destaque la ayuda de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario
sea una persona física, dicho beneficiario asegurará, en la medida de lo posible, la
disponibilidad de información adecuada donde se destaque la ayuda de los Fondos,
en un lugar visible para el público o mediante una pantalla electrónica.

C
 uando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47 y
en los apartados 1 y 2 del artículo 50, del reglamento 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y si no se han adoptado medidas correctoras,
la autoridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación
de que se trate.
k. Facilitar en plazo y forma al órgano gestor, toda la información que le solicite en aplicación de la normativa europea y/o comunitaria sobre información y publicidad, así como
en cumplimiento del Plan de comunicación correspondiente.
l. Aceptar su inclusión en la lista pública prevista en el artículo 49.5 del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, al estar la
acción subvencionada cofinanciada con el Programa Extremadura FSE + 2021-2027
Artículo 11. Forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en
este artículo.
P
 resentación de la solicitud de la ayuda:
a. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información
sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es, dentro de la ficha correspondiente al trámite.
b. L
 a solicitud debe completarse mediante la firma electrónica de la persona representante.
c. La presentación de la solicitud solo producirá efectos ante la Administración una vez sea
registrada por la solicitante o su representante a través del registro electrónico habilitado al efecto.