Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064416)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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c) Comunicar al órgano instructor y de ordenación, en el momento en que se produzca,
cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad o proyecto subvencionado y que
afecte a su realización.
d) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento que sobre la aplicación de las cantidades concedidas se efectúen por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital.
e) D
 isponer de los estados contables y registros legalmente exigidos, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
g) Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación, a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
h) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o
en la resolución de concesión.
Decimosexto. Incumplimiento de condiciones y graduación de su alcance.
1. Procederá la declaración de incumplimiento y, en su caso, la pérdida total o parcial de la
subvención concedida o reintegro total o parcial de la subvención percibida, y la exigencia
del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por la entidad
beneficiaria que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo
hubieran impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades beneficiarias en la resolución de concesión.
e) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en los
apartados 4 y 5 del resuelvo decimoséptimo de la presente resolución.