Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060040)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Sabores y Paisajes Gastronómicos de las Tierras de Cáceres y Trujillo" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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Son causas de resolución:
a) La ejecución de las actuaciones objeto del PSTD.
b) El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
c) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
d) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes, para lo que se estará a lo previsto en la cláusula Decimoquinta del presente convenio.
e) P
 or decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
La resolución tendrá como efecto la devolución de los fondos aportados y no justificados hasta
el momento de su efectividad.
Decimoséptima. Naturaleza y régimen jurídico aplicable.
1. E
 l presente convenio se formaliza a través de la figura del convenio administrativo previsto
en el artículo 47.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se suscribe al amparo de lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la misma, aplicándose supletoriamente
los principios de esta ley y lo previsto en el capítulo II del Título V de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
2. E
 ste convenio se enmarca en el Objetivo 218 del CID, relativo a la adjudicación del presupuesto para los PSTD, además del Objetivo 220, relativo a la ejecución de los PSTD; y, el
Objetivo 221, relativo a la finalización de los mismos.
3. S
 e regirá, igualmente, este convenio por la siguiente normativa relativa a los fondos europeos derivada del Mecanismo y todo aquella complementaria que la desarrolle:
— Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
— Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Estado español, aprobado por
Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, así como mediante la Decisión