Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023064541)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
4. La presente convocatoria queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente, al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en
la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción
de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. La cuantía de la subvención para cada una de las prórrogas se calculará conforme a la siguiente escala:
— 80 por 100 de los costes laborales totales si se trata de la primera o segunda prórroga
de subvención (segundo o tercer año de contratación respectivamente), con un máximo
de 27.045,55 euros por cada contratación subvencionada.
— 50 por 100 de los costes laborales totales si se trata de la tercera y sucesivas prórrogas
de la subvención (cuarto año de contratación), con un máximo de 16.903,47 euros por
cada contratación subvencionada.
Noveno. Protección de datos personales.
1. Todas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas ayudas y subvenciones se llevarán a cabo de conformidad
con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
2. En cumplimiento del principio de responsabilidad proactiva, el Servicio Extremeño Público de
Empleo se obliga, en la gestión de las ayudas y subvenciones previstas en esta disposición,
a adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de protección de datos que exige la citada
normativa, en aplicación de su política de protección de datos.
3. L
 as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos