Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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procederá a su posterior publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
5. La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá ser consultada
a través del punto de acceso general electrónico: http://www.juntaex.es.
6. Una vez recibida la solicitud, si ésta presenta defectos o resultara incompleta, se requerirá a la entidad interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o
acompañe la documentación que se determine, con indicación de que, si así no lo hiciere,
se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución expresa dictada por el órgano
competente.
Quinto. Documentación.
1. La solicitud, debidamente cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de
la siguiente documentación general y específica:
a) Documentación general:
— Declaración responsable de no hallarse incursas en ninguna de las circunstancias
recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con
lo dispuesto en el apartado 8 del citado artículo, o, en su caso, cumplimentarán el
apartado correspondiente en el modelo de solicitud de la subvención.
Las entidades interesadas deberán acompañar a la solicitud la certificación de hallarse al
corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y que no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando no haya prestado
consentimiento de forma expresa en el anexo de solicitud al órgano gestor para que recabe
de oficio esos datos.
b) Documentación específica:
1. Entidades privadas:


— Documento acreditativo de la representación que ostente la persona solicitante.



— Memoria explicativa que contendrá los siguientes datos: situación del centro y plantilla de personal. (Anexos II y III).



— Asimismo, las entidades privadas deberán presentar los estatutos de la entidad en el
caso de oponerse a la consulta de oficio por el órgano gestor.