Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064559)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de servicios dirigidos a personas con discapacidad a ayuntamientos y entidades privadas sin fin de lucro financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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Conforme al artículo 18.3 de la Orden de 5 de junio de 2023, por la que se establecen las
bases reguladoras, la devolución voluntaria de la subvención podrá llevarse a cabo por la
entidad beneficiaria mediante la cumplimentación del modelo 50, consignando los siguientes
datos:
— Órgano Gestor: Consejería de Salud y Servicios Sociales.
— Concepto: 114292 (reintegro de subvenciones atención a la dependencia, discapacidad
y salud mental).
— Datos del interesado.
— Datos de liquidación, apartado detalle: devolución voluntaria subvención servicio…(detallar) anualidad 2024.
— Remitir el ejemplar para la administración al SEPAD, Unidad de Gestión de Programas
Asistenciales
Décimo segundo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta convocatoria regirá lo dispuesto en la Orden de 5 de junio de 2023,
por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos
dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave; la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19
de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Décimo tercero. Autorización.
Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción
de la Autonomía y Atención a la Dependencia para dictar cuantos actos y resoluciones sean
necesarios para el desarrollo y ejecución de esta resolución.
Décimo cuarto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la del extracto, al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones