Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064557)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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Lunes 15 de enero de 2024

Décimo cuarto. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta convocatoria regirá lo dispuesto en la Orden de 5 de junio de 2023
(DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023), por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de
servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental
grave o enfermedad mental grave; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura;
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
en las demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas.
Décimo quinto. Autorización.
Se faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Promoción
de la Autonomía y Atención a la Dependencia para dictar cuantos actos y resoluciones sean
necesarios para el desarrollo y ejecución de esta resolución.
Décimo sexto. Efectos.
Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la del extracto, al que se refiere el artículo 16. q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta resolución de convocatoria, que no pone fin la vía administrativa, las entidades
interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 101 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados
puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.
Mérida, 28 de diciembre de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA DEL PILAR NOGALES PEROGIL