Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023064558)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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— Apoyo Residencial (8,76%).
— Programas de Integración laboral (45,87%).
— Programas de Integración Social (38,23 %).
— Sensibilización a la población y promoción de la imagen positiva de las personas con
TMG (7,14%).
3. La cuantía individualizada del proyecto será el resultado de dividir el crédito total disponible
en la modalidad entre el sumatorio de las puntuaciones obtenidas por los proyectos que
han alcanzado la puntuación mínima para tener derecho a subvención, multiplicado por la
puntuación obtenida por cada proyecto.
4. Una vez realizada la asignación individual, si resultara un saldo no aplicado por la limitación
de la cuantía solicitada, podrá destinarse al resto de programas de la misma modalidad,
siguiendo la fórmula anterior.
5. En el caso de que, una vez otorgada la cuantía máxima individualizada a cada uno de los
proyectos de una modalidad determinada, resultara crédito sobrante en la misma, éste
podrá ser destinado a financiar el resto de modalidades, repartiéndose entre estas en
función del porcentaje al que se refiere el apartado 2. Esta operación se realizará hasta
agotar el crédito correspondiente o se concedan a todos los programas la cuantía máxima
individualizada.
Décimo. Publicidad de la concesión.
Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),
con expresión de la convocatoria, del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que
se imputan, entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y de existir financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación
y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo ello
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto de publicidad en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.
juntaex.es), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) conforme a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.