Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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Consejería de Economía, Empleo y
Transformación Digital

A N E X O V - INSTRUCCIONES
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DE LAS SUBVENCIONES
DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN
1.- INTRODUCCIÓN.
La justificación económica se realizará de conformidad con los criterios, condiciones y
obligaciones que a continuación se exponen y de acuerdo con lo dispuesto en la sección 3ª del
Capítulo III de la Orden de 23 de septiembre de 2020 por la que se regula la Formación
Profesional para el empleo dirigida a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su
financiación, y en la presente Instrucción de Justificación Económica y en la presente
convocatoria. Asimismo, se incluyen las consecuencias derivadas de su incumplimiento

2.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN.
La documentación justificativa de la subvención será dirigida al Servicio de Formación para el
Empleo de la Dirección General de Formación para el Empleo, ubicado en Mérida, Avda.
Valhondo, s/n, III Milenio, módulo 6, pudiendo presentarse en las oficinas de registro del Servicio
Extremeño Público de Empleo, en cualquier otra oficina integrada en el Sistema de Registro Único
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establecido en el Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, en concordancia con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
a) Cuando el solicitante sea una persona física, podrá optar entre las siguientes formas de
presentación de su solicitud:
- Electrónicamente en el Registro electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de
Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de
los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y se dirigirán a la Dirección
General de Formación para el Empleo de la Consejería de Empleo, Trabajo y Transformación
digital cuyo código Unidad de Administrativa de destino DIR3 es A11029832.
- Presencialmente en las oficinas del Registro Único de la Junta de Extremadura establecido por
Decreto 257/2008, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b) En el caso de las personas jurídicas, estarán obligadas a presentar su solicitud, firmada
electrónicamente por la persona que ostente la representación legal, en el Registro Electrónico
General,
de
la
Sede
electrónica
de
la
Junta
de
Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de los registros