Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064542)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Lunes 15 de enero de 2024

de septiembre, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital (DOE extraordinario n.º 3, 16 septiembre de 2023), la competencia
para aprobar la presente convocatoria corresponde al Secretario General de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, habiéndose delegado el ejercicio de la misma en
el Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo mediante resolución de 14 de
septiembre de 2023 (DOE núm. 180, 19 de septiembre de 2023).
En su virtud, oído el Consejo de Formación Profesional de Extremadura y previa autorización
del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 27 de diciembre de
2023, se emite la siguiente,
RESOLUCIÓN
Primero. Objeto de la convocatoria y bases reguladoras.
1. La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2024, de subvenciones destinadas a financiar la realización de programas de formación
sectoriales y transversales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
2. Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Capítulo III,
“Disposiciones en materia de concesión y justificación de las subvenciones destinadas a
financiar los programas de formación”, de la Orden de 23 de septiembre de septiembre de
2020 por la que se regula la formación profesional para el empleo dirigida prioritariamente
a personas ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación (DOE núm.
195, de 7 de octubre de 2020).
Segundo. Oferta formativa.
1. C
 on cargo a los créditos previstos en la presente resolución podrá financiarse la ejecución
de los siguientes tipos de programas de formación para el empleo dirigidos prioritariamente
a personas trabajadoras ocupadas:
a) Programas de formación sectoriales previstos en el artículo 6.1.a) de la Orden de 23 de
septiembre de 2020, que se dirigen a los sectores productivos concretos que se relacionan según el siguiente orden prioritario:


a.1. Sector de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.



a.2. Sector de agricultura.



a.3. Sector de medio ambiente.