Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2024060079)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 449/2023, de 29 de septiembre, dictada por la Sala de Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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NÚMERO 10

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Lunes 15 de enero de 2024

Por lo tanto, de conformidad, con el artículo 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, artículo 8 y siguientes del Decreto 59/1991,
de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa de la ejecución de resoluciones judiciales,
en el Real Decreto de Traspaso 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, y en uso de las atribuciones conferidas
por la legislación vigente, esta Secretaría General de Educación y Formación Profesional,
RESUELVE:
Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia firme n.º 449/2023, de 29 de septiembre de 2023, dictada por Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, con ocasión del recurso de apelación 121/2023, llevando a puro y
debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
“Estimamos el recurso de apelación interpuesto por la Letrada de la Junta de Extremadura,
en nombre y representación de la Junta de Extremadura, contra la sentencia del Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida de fecha 5 de junio de 2023 (PA
207/2022), y declaramos haber lugar a los siguientes pronunciamientos:
1) Revocamos la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de
Mérida de fecha 5 de junio de 2023 (PA 207/2022).
2) Estimamos parcialmente la demanda contencioso-administrativa interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Cardona Olivares, en nombre y representación de doña
Isabel Lancho Carrasco, contra la Resolución de la Secretaría General de Educación de
fecha 22 de septiembre de 2022, que anulamos en el único aspecto del tiempo de la
suspensión de funciones que se impone en el plazo de un mes. Confirmamos el resto de
pronunciamientos de la decisión sancionadora por ser ajustados a Derecho.
3) Sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas en las dos instancias
jurisdiccionales”.
Mérida, 21 de diciembre de 2023.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional
Por delegación,
Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA