Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064418)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024



— Un franquiciado: 5 puntos.



— De 2 a 3 franquiciados: 10 puntos.



— De 4 a 5 franquiciados: 15 puntos.



— Más de 5 franquiciados: 20 puntos.

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c) Inversión en promoción comercial de la franquicia en el año anterior a la convocatoria
(puntuación máxima 35 puntos):
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 35 puntos:


— 20 puntos por asistir como expositor a EXPOFRANQUICIA.



— 10 puntos por asistir como expositor al Salón Internacional de la Franquicia
de Valencia.



— 3 puntos por asistir como expositor a cualquier otro evento del sector franquicia.
Se justificará con el certificado del organizador de la feria o evento o bien con el progra­
ma donde figure el listado de expositores.

d) No haber sido beneficiarios en la anterior convocatoria (puntuación 10 puntos).
2. En caso de empate en la prelación de las solicitudes, se ordenarán en base a la puntuación
obtenida, por el siguiente orden en el punto c), b), a) y d). De persistir el mismo se aten­
derá a la fecha de presentación de la solicitud de ayudas en el registro correspondiente.
Decimoprimero. Concesión de las ayudas.
1. La competencia para dictar la resolución de concesión, de conformidad con lo establecido
en el artículo 9 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autó­
noma de Extremadura, corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, no obstante esta competencia ha sido delegada en el Se­
cretario General de Economía, Empresa y Comercio mediante Resolución de 10 de agosto
de 2023 (DOE núm. 157, de 16 de agosto), por la que se delegan competencias en materia
de subvenciones, que la dictará previa tramitación y aprobación del oportuno expediente
de gasto.
2. L
 a resolución de concesión fijará expresamente el importe de la ayuda, de conformidad con
lo establecido en las bases reguladoras y en la presente convocatoria, y determinará las
condiciones, obligaciones y plazos a que queda sujeto el beneficiario. La Resolución será
notificada individualmente a cada beneficiario.