Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023064418)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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2. Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente do­
cumentación:
a) Datos identificativos del solicitante. Se presentará el NIF de la entidad, el poder del
representante legal y el NIF del representante legal.
El órgano instructor y de ordenación del procedimiento consultará de oficio los datos de
identidad personal, tanto de la entidad como del representante legal, en sus archivos,
bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el
Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) salvo que
se formule oposición expresa en la solicitud, debiendo presentar las certificaciones el
interesado.
También consultará el poder del representante legal siempre y cuando haya sido forma­
lizado en documento público ante notario a partir del 5 de junio de 2014 y el solicitante
haya indicado en el anexo II el Código Seguro de Verificación (CSV).
b) Las certificaciones administrativas que acrediten estar al corriente de sus obligaciones
tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica,
salvo que el interesado autorice expresamente a la comprobación indicándolo así en la
solicitud.
c) Memoria descriptiva de la ventaja competitiva de la franquicia. El solicitante deberá
describir cuál es la ventaja competitiva sostenible que permite la expansión del modelo
de negocio a través de una franquicia, es decir, cuál es el valor añadido que aporta al
franquiciado para que decida adherirse a la franquicia en lugar de desarrollar la activi­
dad como empresa independiente.
d) Memoria descriptiva y económica de los gastos para los que se solicita ayuda. Se apor­
tará un documento en el que se indique cuáles son los gastos para los que se solicita
ayuda, su cuantificación económica y la documentación justificativa de su importe, con­
forme el anexo III.
e) D
 ocumentación justificativa del importe de los gastos. Deberá aportarse las facturas
proforma o presupuestos de los gastos para los que se solicita la subvención.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que en los supuestos
de costes por ejecución de obras, de suministros de bienes de equipo o de prestación
de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se establezcan en la legis­
lación de contratos del sector público para los contratos menores, el beneficiario deberá
solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la