Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2023064407)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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la autorización expresa del interesado en las casillas que se ofrecen al efecto en el modelo de declaración responsable, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 12.8 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En caso contrario, deberá el solicitante presentar, junto con la solicitud, las certificaciones acreditativas correspondientes.
En cuanto a la información de datos del IAE, con finalidades no tributarias, deberá
ser presentado por el interesado en el caso de que se hubiese opuesto a que la Administración actuante consultase o recabase dichos documentos (de conformidad con lo
dispuesto en el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
c) Memoria explicativa de la necesidad de realizar las inversiones, con indicación expresa
de las mejoras a lograr en la actividad a desarrollar por el solicitante, tanto desde el
punto de vista de la producción, de la mejora de eficiencia energética, de la comercia­
lización, así como la descripción precisa de los bienes o servicios a adquirir con detalle
valorado de las inversiones. La memoria incorporará un calendario orientativo con los
hitos y las fechas previstas de ejecución de la inversión.
d) En el caso de inversiones que incluyan ejecución de obra civil por importe superior a
50.000 euros (excluido IVA), proyecto técnico o memoria valorada con desglose de
unidades de obra, debiendo estar visados en los supuestos previstos en el Real Decreto
1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
e) Presupuestos o facturas proformas emitidos por empresas externas a la que solicita las
ayudas. Cuando el importe de un concepto de gasto subvencionable supere la cuan­
tía que en los supuestos de coste por ejecución de obra, de suministros de bienes de
equipo o de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica se
establezcan en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores,
el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores,
con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la
entrega del bien, salvo que, por las especiales características del gasto, no exista en
el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección
entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa.
f) Justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condi­
ción de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para
obtener la subvención solicitada, mediante declaración responsable que figura en el