Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024060082)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa Urbaser, SA, para su personal adscrito al centro de tratamiento y eliminación de residuos domésticos del ecoparque de Mirabel, punto limpio de Plasencia y estación de transferencia de Coria.
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NÚMERO 10
Lunes 15 de enero de 2024

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El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo
para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en los
términos que se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el
empresario respetando, en su caso, lo previsto en aquélla.
Disposición adicional primera.
En el redactado del presente convenio colectivo se hará uso del género neutro ya que se ha
utilizado el masculino como genérico para englobar a trabajadores, sin que esto suponga ignorancia de la diferencia de género existente, al efecto de no realizar una escritura demasiado
compleja y extensiva.
Disposición adicional segunda.
Para lo no pactado en el presente convenio colectivo y fuera siempre de las materias establecidas en el artículo 84.2 del Estatuto de los Trabajadores, se estará a lo dispuesto en el
Estatuto de los Trabajadores, en el Convenio General del Sector de Limpieza Publica Viaria,
Riegos, Tratamiento y Eliminación de Residuos, Limpieza de Alcantarillado, y en normas de
general aplicación.
Disposición adicional tercera.
Todas las remisiones legales y convencionales referidas en el presente convenio colectivo serán de aplicación en cuanto se ajusten a la vigencia de la norma legal o convencionalmente
establecida, adaptándose, por tanto, dichas remisiones a la ley o convenio que en el tiempo
rija cada acto.
Disposición adicional cuarta.
Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo se refieren a la realización de la
jornada máxima ordinaria pactada, por lo que se aplicarán en función de la jornada que se
realice.
Disposición adicional quinta.
Se estará a los procedimientos que se establezcan a este respecto en los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en el artículo 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores para solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan
surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo a que se refiere dicho artículo.