Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060039)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Plan de Sostenibilidad Turística en Destino Campiña Sur" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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Los créditos transferidos quedan legalmente afectados a la financiación de las actuaciones
acordadas, de forma que posibiliten el cumplimiento de los objetivos comunitarios en la materia y de los hitos y objetivos del Componente 14 del PRTR, previéndose el reintegro total o
parcial de los mismos en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o
parcial de los objetivos previstos.
Las cantidades transferidas por la Secretaría de Estado de Turismo, deberán ser destinadas
por las Comunidades Autónomas para financiar las actuaciones previstas en los PTSTD, sin
que necesariamente se tengan que llevar a cabo todas las actuaciones incluidas, siempre y
cuando todo el gasto de las cantidades transferidas esté justificado.
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura transferirá
a la Diputación Provincial de Badajoz la cuantía de cuatro millones ochocientos cincuenta mil
millones de euros (4.850.000 euros), en un único pago, con carácter anticipado, a la firma del
presente convenio, en la anualidad 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000
G/342A/76000 20230419 MR05C14I01.
Las entidades locales se encuentran exentas de prestar garantías por las aportaciones económicas que reciban de manera anticipada con cargo a los Presupuestos Generales, conforme
a lo establecido en la letra b) de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de
abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
El pago de la aportación se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada
por la Diputación Provincial de Badajoz y dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta
de Extremadura.
Se llevará una contabilidad pormenorizada y separada a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio. E, igualmente, se dispondrá de listados de comprobación o
informes de control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan
de la ejecución del convenio.
La Diputación comunicará en el seno de las reuniones que celebre la Comisión de Seguimiento
(cláusula Undécima) y, siempre que lo pida cualquiera de las partes, el saldo y movimientos
de dicha cuenta.
Los intereses generados en la cuenta bancaria serán aplicados a actuaciones del convenio,
previa aprobación en la Comisión de Seguimiento.