Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060039)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Plan de Sostenibilidad Turística en Destino Campiña Sur" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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“la ayuda del Mecanismo no sustituirá, excepto en casos debidamente justificados, a los
gastos presupuestarios nacionales ordinarios”.
— Seguros suscritos por el solicitante.
— La vigilancia y seguridad durante la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en
marcha.
— Cualesquiera costes financieros.
— Costes asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales.
— Licencias destinadas a sistemas operativos y aplicaciones ofimáticas.
— Cualquier gasto de operación y mantenimiento de las actuaciones o gastos propios de la
administración.
— Los proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de “no causar un perjuicio
significativo” en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento
Europeo y del Consejo 18 del junio de 2020.
4. En
 las actuaciones que implique rehabilitación, equipamientos e infraestructuras, estarán
obligados a respetar el principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH).
— Para la prevención y el control de la contaminación: realizar una evaluación de impacto
ambiental de cada una de las inversiones de la medida, de acuerdo con la Directiva de la
EIA y la normativa de evaluación de impacto ambiental que corresponda (autonómica o
nacional) y se identificarán e incluirán en el diseño de cada proyecto todas las medidas
de mitigación necesarias para la prevención y el control de la contaminación del suelo y
del agua.
Los componentes y materiales de construcción que se utilicen no contendrán amianto ni
sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias sujetas
a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del Parlamento
Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados que puedan entrar en contacto
con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o compo-