Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acción Exterior. Becas. (2024060037)
Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de dos becas de formación y práctica en materia de acción exterior de Extremadura, para el año 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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b) Prueba oral de conocimientos técnicos (hasta un máximo de 2,5 puntos):
Las personas solicitantes que superen la prueba de idiomas realizarán una prueba oral,
en español, que permita evaluar su nivel de conocimientos técnicos sobre el temario
establecido en el bloque 3 del anexo III de esta convocatoria. La prueba oral de conocimientos técnicos se valorará de 0 a 2,5 puntos.
3. Se entenderá que la persona solicitante cumple con el requisito de tener un conocimiento
suficiente de la lengua española para el desempeño de la beca establecido en el resuelvo
segundo apartado 1.d) de la presente convocatoria en el caso de que supere la prueba
escrita y la prueba oral de conocimientos técnicos que se desarrollarán íntegramente en
español. En caso contrario, serán excluidos del proceso de selección.
4. Previamente a la realización de cada una de las pruebas, las personas solicitantes deberán
presentar a la Comisión de Valoración el DNI/NIE/Pasaporte o cualquier otro documento
acreditativo de su identidad.
Undécimo. Propuesta provisional de personas beneficiarias.
1. Finalizado el procedimiento de valoración, la Comisión de Valoración emitirá un informe que
contendrá el listado de las personas solicitantes, ordenadas por la puntuación obtenida de
mayor a menor. En base a este informe, el órgano instructor emitirá propuesta provisional
de resolución, concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir de su publicación para la
presentación de alegaciones.
La propuesta provisional de resolución se publicará, al menos, en la página web de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y en el Portal
Ciudadano.
2. En el referido plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la propuesta provisional, las
personas propuestas como beneficiarias deberán comunicar su aceptación provisional de la
beca y, a su vez, acreditar que se encuentran en posesión de los requisitos exigidos en la
presente convocatorias y en las bases reguladoras, aportando la documentación siguiente:
a) Aceptación provisional de la beca, conforme al modelo normalizado que se establece en
el anexo II de la presente convocatoria.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o impedimento que imposibilite o
dificulte el normal cumplimiento de la formación y práctica en que consista la beca.
c) Acreditación de que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería