Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en el modelo normalizado de solicitud. Dicha cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de
la Junta de Extremadura. En el caso de no estar activa o quiera proceder a una nueva alta,
por favor proceda a su alta a través del trámite “Alta de Terceros” en la Sede Electrónica
de la Junta de Extremadura:
https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145
11. F
 inanciación de las ayudas.
Las ayudas reguladas en el presente decreto están financiadas por los fondos europeos
Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
financiado por la Unión Europea. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas y se imputarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 3.714.390,00 euros, que se imputarán con cargo al presupuesto del ejercicio 2024.
El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas
en el Programa 342A “Ordenación y Promoción del Turismo”, centro gestor 150060000, código de proyecto de gasto 20240249 denominado “Financiación de proyectos de eficiencia
energética y economía circular”.
Para ello, se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto en la regla 69 de
la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad
para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda sometida a la condición
suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos del ejercicio
2024.
12. E
 ficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efecto el día siguiente al de su publicación, junto con el
extracto de la misma previsto en el artículo 20.8a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de