Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Eficiencia Energética. Subvenciones. (2023040391)
Decreto 290/2023, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, para actuaciones de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU- y se aprueba la única convocatoria para 2024.
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NÚMERO 9
Viernes 12 de enero de 2024

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m) Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas (ingresos y pagos, incluido, en su caso, el
ingreso de subvenciones, pagos a proveedores, etc.)
n) D
 eclaración responsable, previa a la justificación por parte de la persona beneficiaria de
la subvención, garantizando el proceso de contratación de las actuaciones, la existencia
de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas,
el cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad
de oportunidades y no discriminación aplicables a este tipo de actuaciones, el cumplimiento de las normas medioambientales nacionales y comunitarias, y sobre desarrollo
sostenible y la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito
de gestión del proyecto objeto de ayuda.
o) Declaración responsable relativa a haber obtenido cuantas autorizaciones, licencias e
informes que fueran preceptivos.
p) Documentación justificativa del cumplimiento de lo indicado en el artículo 5.7.b) de
este decreto relativo al 70 % de los residuos, mediante la aportación del proyecto o
memoria técnica donde se incluya un estudio de gestión de residuos de construcción y
demolición, así como del correspondiente plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en el que se concrete cómo se aplicará, según lo regulado por el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición.
La justificación de lo anterior se realizará de la forma siguiente:


1) Para

la correcta acreditación del cumplimiento de la valorización del 70 % de los residuos de construcción y demolición, el adjudicatario presentará una memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuos generados, clasificados por códigos LER, y los certificados de los gestores de destino, donde se indique el porcentaje
de valorización alcanzado en cada una de las instalaciones. Los residuos peligrosos
no valorizables no se tendrán en cuenta para la consecución de este objetivo.



2) E
 l cumplimiento del establecimiento de medidas para realizar una demolición selectiva se acreditará mediante los códigos LER incluidos en los certificados expedidos
por los gestores como justificación de la entrega de los residuos generados. Estos
códigos serán los correspondientes a las fracciones retiradas selectivamente, como
por ejemplo 170101, 170102, 170201, 170202, 170203, 170402, 170403 o 170405.