Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064531)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Institución Ferial de Badajoz, para materializar la colaboración de ambas entidades en la Feria de los Mayores de Extremadura 2024.
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NÚMERO 8

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Jueves 11 de enero de 2024

Novena. Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Décima. Difusión y publicidad.
En el material impreso, así como en la difusión que IFEBA haga del objeto del convenio, deberá hacer constar la colaboración de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, para lo que
se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la Imagen Corporativa de
la Junta de Extremadura
Undécima. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Duodécima. Naturaleza jurídica del Convenio.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto
en su artículo 6.2; así mismo está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 3.a) de la misma.
De conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo dispuesto en el
Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Como consecuencia de la naturaleza administrativa señalada, las cuestiones litigiosas se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad y para que conste a los efectos oportunos, ambas partes firman
el presente convenio, en ejemplar triplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
La Consejera de Salud y Servicios Sociales,

La Presidenta de IFEBA

DÑA. SARA GARCÍA ESPADA

PD, Decreto de 21 de junio de 2023
(BOP n.º 3754/2023, de 6 de julio de 2023),
DÑA. M.ª SOLEDAD GIRALT BALLESTEROS
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