Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060014)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por Rafael Jonathan Mancera Becerra, en el término municipal de Los Santos de Maimona (Badajoz).
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NÚMERO 8
Jueves 11 de enero de 2024



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• Alimentación multifases.

— Almacenamiento del estiércol.


• Los estiércoles deberán cubrirse mediante una cubierta fija o flexible.



• El estercolero deberá tener una canalización de lixiviados a una fosa.



• El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.

— Almacenamiento del purín.


• Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).



• Las fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.



• Si la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.



• Se limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas

1. E
 l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro. Estas naves son las indicadas en el anexo I de la presente resolución. Todas las instalaciones serán permanentes.
2. N
 o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, corrales y patios de ejercicio, distintas de las descritas en el apartado a.2).
3. Q
 uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
4. L
 os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.
A los efectos de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el Do-