Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060027)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de LAMT 4858-04 "Hurdes" de la STR "Montehermoso", de 20 kV, para cierre eléctrico entre Casar de Palomero y Mohedas de Granadilla", a realizar en los términos municipales de Casar de Palomero y Mohedas de Granadilla, en la provincia de Cáceres, cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0030.
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NÚMERO 7
Miércoles 10 de enero de 2024




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• Riesgo nuclear.
T
 odo el trazado está fuera del ámbito de las zonas de planificación de los Planes
de Emergencia Nuclear de cualquier central nuclear (dichas zonas se denominan IA, IB, IC y II, y llegan, respectivamente hasta una distancia de 3, 5, 10 y
30 km del reactor nuclear).



La central nuclear más cercana al trazado propuesto es la de Almaraz, en el
municipio de Almaraz, Cáceres; a una distancia muy alejada punto más cercano del trazado.



N
 o se considera el riesgo nuclear al estar todo el trazado del proyecto fuera del
ámbito de las zonas de planificación (IA, r = 3 km; IB, r = 5 km; IC, r = 10
km; y II, r = 30 km); del Plan de Emergencia Nuclear de la central nuclear más
cercana (Almaraz) con lo que no existe vulnerabilidad sobre la integridad de la
Línea Eléctrica. No se consideran, por tanto, riesgos asociados a esta instalación que tengan repercusión sobre la integridad de la Línea Eléctrica.



2. E
 n relación con la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves, se tiene en cuenta que:



Considerando que ni las instalaciones proyectadas ni las actividades que se van
a llevar a cabo para la construcción de las mismas contienen sustancias clasificadas como peligrosas en las cantidades expresadas en el anexo I del Real Decreto
840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de
los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias
peligrosas; ni tampoco sustancias radioactivas según lo dispuesto en el Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre
instalaciones nucleares y radiactivas; presentando la promotora un Certificado de
no aplicación de estos reales decretos; se identifican los accidentes graves que
pueden ocurrir, tanto en fase de construcción, como consecuencia de aquellos elementos de la obra que pueden generar, por fallos, errores u omisiones, daños sobre el medio ambiente, como pueden ser derrames o fugas de sustancias peligrosas, incendios y explosiones; como en fase de explotación, asociados éstos únicamente a aquellos casos de incendios que puedan originarse por la caída de una
torre, la caída de árboles encima de ésta o la caída de los cables o cortocircuitos.



D
 espués de analizar la probabilidad de ocurrencia y la severidad de estos posibles
accidentes, se considera que la instalación analizada no es vulnerable frente a éstos ni en fase de obra ni en fase de explotación, siendo asumibles las consecuencias del riesgo en caso de ocurrencia de alguno de los eventos analizados.