Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064552)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 50 ha de olivar en el polígono 20, parcelas 70 y 69, del término municipal de Valle de La Serena", promovido por Cementos Hidalgo, SL. Expte.: IA23/0813.
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NÚMERO 5
Lunes 8 de enero de 2024

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D
 e acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes) que
lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:


–U
 na zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.



–U
 na zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye también
la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa
del organismo de cuenca, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas.
T
 odas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar, tanto el
trazado en planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como su régimen de
caudales. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos que garanticen este
mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante la ejecución de las obras,
y sin que se produzca modificación entre el régimen de caudales anterior y posterior a
la ejecución de las mismas.
L
 os cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el
DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un resguardo de 1
metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
S
 egún los datos obrantes en este organismo, la promotora solicitó, con fecha 22/02/2018,
una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 737/2018,
para riego de 50 ha de cultivo leñoso (olivar) en las parcelas 69 y 70 del polígono 20 del
término municipal Valle de la Serena (Badajoz), a partir de cinco captaciones de aguas
subterráneas ubicadas cuatro de ellas en la parcela 69 y otra en la parcela 79 del citado
polígono y término municipal El volumen en tramitación es de 95.014,08 m3/año.
L
 as captaciones de aguas subterráneas se encontrarían fuera de MASb definida en el Plan
Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (DHGn),
aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero (BOE n.º 35, de 10/02/2023).
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de aprovechamiento de aguas subterráneas.