Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza No Universitaria. Ayudas. (2023064560)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas para el alumnado de enseñanzas postobligatorias no universitarias, matriculado en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 5
Lunes 8 de enero de 2024

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6. Comunicar a la entidad concedente, en su caso, la alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión de las subvenciones y la obtención concurrente de otras
ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional o internacional, lo que podrá dar lugar a la modificación de la resolución
de concesión.
7. A
 sumir las bases de la presente convocatoria al presentar la solicitud de ayuda.
8. P
 roceder al reintegro de las ayudas en los casos previstos en la normativa vigente.
Quinto. Líneas de ayudas convocadas.
1. L
 as líneas de ayudas convocadas en la presente convocatoria son las siguientes:
a) Línea B (Transporte fin de semana): Ayudas para sufragar los gastos derivados del
traslado del alumnado los fines de semana, desde su domicilio familiar a la localidad en
que se ubica la residencia pública de enseñanza postobligatoria, o en su caso residencia
particular, del alumnado matriculado en enseñanzas postobligatorias no universitarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Línea C (Transporte diario): Ayudas para subvencionar los gastos, derivados de la utilización del transporte diario por razón de la distancia entre el domicilio familiar del
alumno y la localidad en la que se ubica el centro educativo en que está matriculado,
o en su caso, el centro de trabajo en que realicen las prácticas del ciclo formativo correspondiente, cuando no sea posible la ocupación gratuita de una plaza en las rutas de
transporte contratadas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
2. A
 los efectos del Decreto 62/2016, de 10 de mayo, se considerará domicilio familiar el más
próximo al centro docente que pertenezca algún miembro computable de la unidad familiar,
aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante.
Sexto. Créditos y financiación de las ayudas.
1. Para el objeto de esta convocatoria, se destinará la cantidad máxima doscientos mil euros
(200.000,00 €), con el siguiente desglose:
— Para la Línea B (Transporte Fin de Semana): Se destinará la cantidad total de cien mil
euros (100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48000, Centro
gestor 130090000, Fondos CAG0000001, Programa de financiación 20060136 de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
— Para la Línea C (Transporte Diario): Se destinará la cantidad total de cien mil euros
(100.000,00 €), con cargo a la Posición presupuestaria G/222G/48000, Centro gestor