Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2023050228)
Orden de 12 de diciembre de 2023 por la que se convoca el III Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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Lunes 8 de enero de 2024

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igual forma, si los debates se realizasen a través de videoconferencia, aportarán los medios
y recursos necesarios al profesorado preparador y los equipos para su participación (local
dentro del centro, medios tecnológicos, etc.). También facilitarán la liberación de horario
necesaria, en el caso de que los debates se celebrasen en horario lectivo.
6. Cualquier debate puede ser grabado por motivos educativos o para velar por el correcto
desarrollo del concurso, por lo que es obligado que todos los participantes den su consentimiento. El profesorado preparador deberá asegurarse de que todos los progenitores de
los miembros del equipo consientan, pidiéndoles la cumplimentación del anexo VI de esta
orden. Los anexos cumplimentados por los progenitores serán conservados por el profesorado preparador. En el caso de que algún progenitor o alumno se negase a la grabación de
un debate y el profesor preparador del equipo no contase con la autorización mencionada,
se le deberá sustituir por otro que sí acceda a la grabación. En el caso de no cumplirlo, el
equipo será excluido de la competición.
7. L
 os debates se desarrollarán según las instrucciones y reglas especificadas en el reglamento desarrollado en el anexo VII de esta orden.
8. L
 os sorteos que se realicen para decidir enfrentamientos y desempates serán públicos.
9. En el caso de que un centro educativo renunciase a su participación una vez comenzadas
las rondas de clasificación o la fase final, perderá el derecho a percibir cualquier premio o
reconocimiento en forma de créditos obtenidos hasta ese momento, salvo los de formación,
si ha participado en las actividades formativas mencionadas en el artículo 9 de esta orden.
10. P
 ara priorizar la celebración de debates a partir de la fase de octavos de final, se intentará
evitar la clasificación por incomparecencia de otros. Por ello, la Comisión de Organización
podrá sustituir a un equipo si se tiene constancia con antelación de que no se presentará a
alguno de los debates (bastará un correo del profesor en el que lo indique o no se asegure
la participación de forma fehaciente). El equipo sustituido perderá el premio conseguido
hasta ese momento y el profesor preparador solo recibirá los créditos de formación, si ha
participado en las actividades formativas mencionadas en el artículo 9 de esta orden. Si se
estimase además que existió mala fe o falta de deportividad por parte del profesor preparador, se podrá recomendar sancionarle no permitiéndole participar en los siguientes dos
años en los concursos que se organicen.
11. Para realizar la sustitución descrita en el artículo 8.11, se elegirá al equipo que perdió
contra el sustituido en la ronda anterior o por el primero o sucesivos de los no clasificados
en la ronda preliminar, según la clasificación.
12. La Secretaría General de Educación y Formación Profesional podrá requerir los servicios
de una empresa externa con experiencia en la organización de debates para la gestión del