Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064538)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de Eco Glamping Cerros Altos, en el término municipal de San Vicente de Alcántara (Badajoz). Expte.: IA22/1898.
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Viernes 5 de enero de 2024

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propio centro sea capaz de dar por el concepto, grado de atención y profesionalidad que
tengan sus gestores, vendrá determinado por su entorno inmediato, lo que requiere de
cierta superficie que normalmente sólo es posible si se construye fuera del casco urbano, al no haber en éste terrenos con la extensión precisa que haga posible construir un
establecimiento similar a un campamento de turismo bien dimensionado y, sobre todo,
implantado en plena naturaleza, con abundantes zonas verdes y forestales a su alrededor. Cuando se estudió la ubicación del establecimiento primó el entorno natural inmediato que, al fin y al cabo, es lo que viene buscando el usuario final del mismo. Se eligió
una parcela que, aun estando enclavada en terrenos protegidos por Red Natura 2000,
presenta un estado completamente transformado, habiendo sido dedicada al cultivo de
olivos desde antes de la creación de la citada red de áreas de conservación. El proyecto
responde a una configuración que se adapta a la propia forma irregular de la parcela y
al programa de necesidades que se busca, primando fundamentalmente la integración
en el entorno natural.
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas. La actividad solicitada se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000, ZEPA “Nacimiento del río Gévora”, concretamente,
según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, en Zona de Interés. El Servicio
de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica que en el entorno de la
parcela donde se van a llevar a cabo las obras, no existen valores ambientales destacados que puedan llegar a verse afectados por el proyecto, considerando que no debe
suponer una afección significativa a ninguna especie singular. Informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan
las medidas indicadas.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El organismo de cuenca indica que el cauce de un arroyo tributario del regato de Marizoma discurre a unos 270 m al suroeste de las parcelas afectadas, por lo que no se
prevé afección física alguna a cauces que constituyan el Dominio Público Hidráulico del
Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de
servidumbre y policía. La zona de actuación, si bien se localizaría fuera del DPH y de
su zona de policía, se encontraría dentro de cuenca vertiente a los tramos de río objeto