Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064538)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de Eco Glamping Cerros Altos, en el término municipal de San Vicente de Alcántara (Badajoz). Expte.: IA22/1898.
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Viernes 5 de enero de 2024

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C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 11 de octubre de 2023 desde la Dirección General de Sostenibilidad se remite
a los promotores del proyecto Eco Glamping Cerros Altos, Israel Parra Hinchado y Mónica
Cáceres León, los informes recibidos durante la fase de consultas. Durante el periodo de
información pública no se han recibido alegaciones.
Con fecha 25 de octubre de 2023, el promotor presenta en la DGS la solicitud de inicio
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto Eco Glamping Cerros Altos y
el resto de documentación en cumplimiento con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental y el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se
inicia el análisis técnico del mismo conforme a la legislación indicada.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
y alegaciones recibidas, incorporando al EsIA cada una de las medidas propuestas en los
informes y alegaciones que figuran en el apartado B.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA y los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto Eco Glamping Cerros Altos, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, dos alternativas para el proyecto,
que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta en base a
diversos criterios, entre los que está el ambiental.
1. Alternativa 0. No ejecutar el proyecto. Conlleva la no inversión en el desarrollo de la
población, no mejorando las condiciones socioeconómicas y promoviendo el abandono
de las zonas rurales.
2. Alternativa 1. Establecimiento residencial hotelero ubicado en casco urbano.
3. Alternativa 2. Establecimiento residencial hotelero en medio rural ubicado, efectivamente en entorno natural.
4. J ustificación de la alternativa seleccionada. La alternativa seleccionada es la Alternativa
2, indicando el promotor que la modalidad de establecimiento que se pretende constituir, para que pueda ofrecer unos servicios de cierta calidad, además de los que el