Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2023064497)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, sobre convocatoria para la incorporación de empresas al Programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2024.
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024



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— La relación complementaria ordenada del resto de las solicitudes presentadas por
las entidades locales que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en esta resolución para adquirir la condición de beneficiarias, no
hayan sido estimadas, para que, en el caso de renuncia de alguna, pueda asegurarse la cobertura de los días de actividad asignados a la entidad que renuncie.

4. La Comisión de Valoración se regirá, en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo
dispuesto para los órganos colegiados en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3ª de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el Título V,
Capítulo II, Sección 2.ª de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. Los miembros de la Comisión de Valoración que actúen en estos procedimientos tendrán
derecho a percibir las dietas e indemnizaciones que les correspondan por razones del servicio, conforme al Decreto 287/2007, de 3 agosto, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
II. Incorporación de las empresas al Programa I.
Tercero. Solicitantes.
1. Podrán solicitar su incorporación en la programación todas aquellas empresas de actividades
escénicas y musicales que lo soliciten de conformidad con lo dispuesto en el apartado cuarto de esta resolución, y que cumplan con los requisitos que a continuación se relacionan:
a. Encontrarse establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo
(EEE).
b. Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la actividad a desarrollar en
el presente programa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de presentación de la solicitud.
c. Estar al corriente en sus obligaciones con respecto a las Seguridad Social y Hacienda
Estatal y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
d. T
 ener al menos a uno de sus miembros dados de alta en alguno de los regímenes de la
Seguridad Social, a fecha de presentación de la solicitud.
e. En el caso de que sean empresas distribuidoras o un management los que presenten la
solicitud de participación en el Programa I, los requisitos anteriores deberán cumplirse