Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2023064497)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, sobre convocatoria para la incorporación de empresas al Programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2024.
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024

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con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución, que estará a
disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano de la Junta de
Extremadura, en el siguiente enlace https://www.juntaex.es/.
Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas
de modo telemático a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura,
ubicado en la siguiente dirección web:
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, o de los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de certificado electrónico en vigor, el cual puede ser obtenido en la dirección electrónica http://
www.cert.fnmt.es/ .
5. L
 a justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social
y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio por la
Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes,
que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición.
Tratándose de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, el solicitante deberá autorizar expresamente al órgano gestor a recabar el certificado o la información acreditativa
de estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la misma y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas. A tal efecto, en la solicitud se consigna un
apartado con el objeto de que el solicitante, si así lo estima oportuno, autorice la consulta
del dato de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
y de su situación respecto al Impuesto de Actividades Económicas.
6. No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de la
Administración, debiendo a tal efecto la persona interesada indicar en qué momento y ante
qué órgano administrativo presentó la citada documentación.
7. En el modelo de solicitud se incluye una declaración responsable de que la entidad local
solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria
establecidas en el artículo 12.2 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de las ayudas solicitadas y/o concedidas
para el mismo proyecto y cuantía que se solicita, o de no haberlas solicitado.