Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2023064393)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
48 páginas totales
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NÚMERO 3
Jueves 4 de enero de 2024
702
— Documentación acreditativa de que el productor está en posesión de las licencias
o cesiones de los derechos de explotación de los autores. En caso de que no sean
necesarias estas autorizaciones, se deberá aportar declaración responsable del
productor o productores en que así se haga constar.
B) A la empresa productora:
— Historial profesional de la productora de los últimos tres años, especificando otras
producciones audiovisuales realizadas.
1.3. La documentación relativa a la actividad y a la empresa productora se presentará en
las siguientes condiciones:
— Todos los ficheros deberán presentarse escritos en letra Arial 12 y a doble espacio.
— Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
— Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa Adobe Acrobat), Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excel.
— Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
2. En el caso de las coproducciones, declaración responsable por el solicitante de las aportaciones de cada productor y su cuantificación.
Décimo. Órganos de ordenación, instrucción y valoración.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción de los expedientes será la Secretaria
General de Cultura.
2. E
l órgano de instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesaria para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formalizarse la propuesta de resolución.
3. Las solicitudes y documentación presentadas serán valoradas por una Comisión de Valoración compuesta por:
a) Presidencia: El Secretario General de Cultura, o persona en quien delegue.
b)
Vicepresidencia: La Directora de la Filmoteca de Extremadura, o persona en quien
delegue.
Jueves 4 de enero de 2024
702
— Documentación acreditativa de que el productor está en posesión de las licencias
o cesiones de los derechos de explotación de los autores. En caso de que no sean
necesarias estas autorizaciones, se deberá aportar declaración responsable del
productor o productores en que así se haga constar.
B) A la empresa productora:
— Historial profesional de la productora de los últimos tres años, especificando otras
producciones audiovisuales realizadas.
1.3. La documentación relativa a la actividad y a la empresa productora se presentará en
las siguientes condiciones:
— Todos los ficheros deberán presentarse escritos en letra Arial 12 y a doble espacio.
— Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
— Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa Adobe Acrobat), Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excel.
— Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
2. En el caso de las coproducciones, declaración responsable por el solicitante de las aportaciones de cada productor y su cuantificación.
Décimo. Órganos de ordenación, instrucción y valoración.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción de los expedientes será la Secretaria
General de Cultura.
2. E
l órgano de instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesaria para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe
formalizarse la propuesta de resolución.
3. Las solicitudes y documentación presentadas serán valoradas por una Comisión de Valoración compuesta por:
a) Presidencia: El Secretario General de Cultura, o persona en quien delegue.
b)
Vicepresidencia: La Directora de la Filmoteca de Extremadura, o persona en quien
delegue.