Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064523)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX) 2023-2030. Expte.: IA22/166.
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NÚMERO 2
Miércoles 3 de enero de 2024

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a corto y medio plazo; así mismo todos los residuos voluminosos y enseres tienen que
ser desplazados directamente a las instalaciones de tratamiento, por lo que los costes
de tratar estos residuos no son los mismos si se tienen en cuenta lo que corresponde a
los desplazamientos y a los puntos asignados por área de gestión.
Indicar que la Junta de Extremadura y, GESPESA en este caso como instrumento público para el control de la gestión de los residuos, deben velar porque la aplicación de
las nuevas tecnologías y mejores técnicas disponibles sea una realidad en el control y
tratamiento de los residuos gestionados a través de sus instalaciones, y que las empresas adjudicatarias de las diferentes áreas de gestión cumplan con todos los requisitos
técnicos requeridos en el sentido indicado en el documento objeto de análisis del PIREX
2023-2030.
Aunque en este documento de la versión inicial del PIREX se hace ya una adaptación
a la nueva ley de residuos, Ley 7/2022, de 8 de abril de 2022, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, sobre el borrador anterior, y alegado por
Promedio en su momento, se echa en falta en toda la redacción del mencionado documento de planificación que, en aquellos puntos destinados a la nombrar y/o explicar
los instrumentos económicos implantados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
sólo se indique el impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero establecido
por la Ley Autonómica 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura; y no se haga
referencia a lo establecido en el capítulo II del título VII Medidas fiscales la economía
circular (artículo 84 y siguientes), dedicado al impuesto sobre el depósito de residuos
en vertederos, la incidencia y la coincineración de residuos, en cuanto a la implantación de un impuesto en el ámbito estatal, y su forma de aplicación sobre las entidades
locales.
En la página 154, respecto al traslado internacional de residuos, se identifica necesario corregir el punto: Residuos contaminados con otros materiales en un grado tal que
aumente los riesgos asociados a los residuos, teniendo en cuenta las características de
peligrosidad conforme al citado anexo III, o que impida la valorización de los residuos
de manera medioambientalmente correcta. Debe corregirse el número del anexo, siendo en este caso el Anexo I de la Ley 7/2022 al que se hace referencia.
Programa de prevención de residuos.
La situación actual, contribución y utilidad de las medidas existentes para la prevención
de residuos, página 162 y siguientes. Se estima como complemento a lo recogido en
estos puntos, la evaluación y grado de cumplimiento de los resultados de forma más