Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023064364)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, sobre convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Miércoles 3 de enero de 2024

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dura junto con la resolución, remitiéndose a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a
efectos de su oportuna publicidad.
2. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura,
conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con
expresión del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se remitirán a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones las subvenciones concedidas, con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas
o proyectos subvencionados.
3. L
 as personas beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir con las obligaciones referidas a publicidad que se establecen en el artículo 16 e) de la Orden de 28 de abril de 2021.
Decimoctavo. Protección de datos personales.
1. Todas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas subvenciones se llevarán a cabo de conformidad con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
2. En
 cumplimiento del principio de responsabilidad proactiva, el Servicio Extremeño Público
de Empleo se obliga, en la gestión de las subvenciones previstas en esta disposición, a
adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de protección de datos que exige la citada
normativa, en aplicación de su política de protección de datos.
3. L
 as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar, en su caso la portabilidad de sus datos, así como a no