Universidad De Extremadura. Normas De Convivencia. (2023064505)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueban las Normas de Convivencia y el Régimen disciplinario del estudiantado de la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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Martes 2 de enero de 2024

prevenir y otorgar una respuesta adecuada a los conflictos de convivencia que puedan surgir
en el ámbito de nuestra Universidad. En todo caso, como se precisa al delimitar el ámbito
objetivo de aplicación de estas Normas, la Mediación queda excluida para ciertas conductas,
en función de su carácter delictivo o previsiones legales y normativas, en general.
Así pues, estas Normas de Convivencia han optado por articularse con sustantividad propia en
un modelo en el que las funciones de la Defensoría Universitaria, del Servicio de Inspección o
de otros órganos o unidades competentes subsistan, de manera coordinada pero autónoma,
en el sistema global de prevención y resolución de conflictos basados en comunicaciones de
información o intervención formalizadas.
En definitiva, el presente Acuerdo normativo, en cumplimiento del mandato legal y como ejercicio de su autonomía universitaria, tiene por objeto aprobar las Normas de convivencia y el
Régimen disciplinario del estudiantado de la UEx, estableciendo así las normas de convivencia
de toda la comunidad universitaria y el desarrollo de la Mediación como medio alternativo
de solución de los conflictos y las principales características del órgano competente a estos
efectos, que es la Comisión de Convivencia, conforme a lo dispuesto en los Títulos Preliminar
y I de la LCU. Además de establecer el Régimen disciplinario del estudiantado de la UEx, en
desarrollo del Título II de la LCU.
El presente Reglamento se ha elaborado atendiendo a los principios de buena regulación previstos en el art. 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común y a los criterios participativos y de audiencia de todos los sectores de la comunidad
universitaria, según lo dispuesto en el art. 3.4 LCU.
Por todo lo expuesto, a propuesta del Secretario General, el Consejo de Gobierno adopta el
siguiente
ACUERDO NORMATIVO
TÍTULO PRELIMINAR
Capítulo I
Disposiciones generales sobre los ámbitos de aplicación
Artículo 1. Ámbito objetivo de aplicación.
1. A través de este Reglamento se aprueban las Normas de Convivencia de la UEx, con carácter obligatorio para toda la comunidad universitaria tanto respecto de sus actuaciones
individuales como colectivas, en desarrollo de la LCU. Con ellas se busca proteger el buen
funcionamiento del servicio público universitario y la correcta convivencia entre las personas que integran la comunidad universitaria.