Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064500)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de valorización de fresado en una instalación de fabricación de aglomerado existente y en funcionamiento, promovido por Cantera Antonio Frade, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 1
Martes 2 de enero de 2024

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2. E
 n la instalación industrial, no se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora
que provoque un nivel sonoro equivalente que sobrepase en el límite de propiedad, los
valores establecidos en el Decreto 19/1997 sobre Reglamentación de Ruidos y Vibraciones
de la Junta de Extremadura y el Real decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, del ruido, en lo referente a la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- f - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica
Conforme al proyecto básico aportado por el titular de la actividad, no se prevé que la misma
cuente con sistema alguno de iluminación exterior.
- g - Plan de ejecución
1. E
 n el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzara a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de cinco años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la Dirección
General de Sostenibilidad (DGS), previa audiencia del titular, acordará la caducidad de la
AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, con la documentación citada en dicho artículo, y en particular:
a) La documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización o eliminación.
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26
del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones, y del
Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre.
c) Informe de mediciones a la atmósfera.
d) Documento acreditativo de la constitución de la fianza citada en el apartado -a.7-.
3. A
 fin de realizar las mediciones referidas en el punto anterior, que deberán ser representativas del funcionamiento de la instalación, el titular de la instalación industrial podrá requerir
a la DGS permiso para iniciar un periodo de pruebas antes del inicio de la actividad. Junto
con esta solicitud, deberá indicar el tiempo necesario para el desarrollo de las pruebas y
la previsión temporal del inicio de la actividad, quedando a juicio de la DGS la duración
máxima del periodo de pruebas.