Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2023064354)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, de aprobación de la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar los costes de la actividad de tutoría en el módulo de formación práctica de centros de trabajo, programado en acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad y dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
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NÚMERO 1
Martes 2 de enero de 2024

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— Aplicación presupuestaria 130080000G/242B/47000 por importe de 195.000,00 euros.
— Aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48000 por importe de 22.000,00 euros.
2. La citada cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, en
los términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la publicación del correspondiente
anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad
Autónoma, así como en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme
lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura.
3. D
 e producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no efectuarse las modificaciones
correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se deberá proceder
a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria, mediante anuncio del órgano
competente para la aprobación de la convocatoria, el cual será objeto de publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
4. E
 n la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada de expedientes de subvenciones, previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020,
por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura, quedando
sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y
suficiente en los correspondientes Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2024.
Quinto. Beneficiarios.
1. P
 odrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones los centros y entidades de
formación que hayan ejecutado las acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras
ocupadas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad a las que se vincula el módulo de formación práctica en centros de trabajo, que hayan sido financiadas con
cargo a la convocatoria a que hace mención el apartado tercero de la presente resolución y
que reúnan los requisitos establecidos en la Orden de 23 de septiembre de 2020.
2. N
 o podrán obtener la condición de pesonas beneficiarias de las subvenciones previstas en
esta resolución las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias
establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.