Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023064224)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Viernes 29 de diciembre de 2023

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30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre: 5
puntos.
3. No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 del citado Real
Decreto, si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes para atender el importe total de las solicitudes, el órgano competente para conceder la ayuda, podrá efectuar un
prorrateo del importe a conceder entre las mismas.
Sexto. Ordenación, instrucción y resolución.
1. 
El procedimiento administrativo para la concesión de las subvenciones previstas en la
presente resolución será ordenado e instruido por el Servicio de Producción Agraria de la
Dirección General de Agricultura y Ganadería, que realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
Se constituirá una Comisión de Valoración que, una vez ordenado e instruido el procedimiento, valorará las solicitudes y emitirá el correspondiente informe vinculante que será
remitido al órgano instructor para que éste formule la correspondiente propuesta de resolución, que no podrá apartarse del sentido del informe, concediendo o denegando la
subvención solicitada.
La Comisión de Valoración señalada en el párrafo anterior será presidida por la Dirección de
Programas Ganaderos e integrada por dos personas que formen parte del personal funcionario de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, al menos una o uno de los cuales
que desempeñe funciones de asesoría jurídica y que ostentará la secretaría. La otra será
una persona con Titulación Superior Especialidad veterinaria, o personal funcionario de la
misma especialidad designados por la Dirección General en sustitución de éstos. Se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres en la composición de la Comisión
de Valoración conforme al artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, siendo seguido
este mismo criterio de representación para la designación en casos de suplencia.
La composición definitiva de la Comisión se publicará, con anterioridad a su constitución,
en el portal web de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es).
2. Una vez ordenado e instruido el procedimiento y vista la propuesta formulada por la persona instructora, las ayudas serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, que dictará y notificará
la resolución que deberá tener el contenido establecido en el artículo 25.3 de la Ley 6/2011
y por la que se concederá o denegará la ayuda, dentro del plazo máximo de tres meses
contados a partir del día de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extre-