Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023064414)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 248

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Viernes 29 de diciembre de 2023

2. Documentación relativa a los criterios de prioridad:
Criterio de prioridad
Apdo.

(Según Anexo XIII del RD 905/2022, de 25 de octubre)

1.1

Priorización de las Entidades Asociativas Prioritarias reconocidas
para el sector del vino (incluidas multisectoriales) de acuerdo con el
Real Decreto 550/2014, de 27 de junio, por el que se desarrollan los
requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las Entidades
Asociativas Prioritarias y para su inscripción y baja en el Registro
Nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, previsto en la Ley
13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas
y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.
Asimismo, serán priorizadas sus entidades de base (reconocidas
también para el sector del vino). También serán priorizadas las
Entidades
Asociativas
Prioritarias
regionales
(incluidas
multisectoriales) o figuras análogas reguladas en el ámbito
autonómico, así como sus entidades de base (reconocidas también
para el sector del vino).

Puntuación
(Según Anexo XIV del
RD 905/2022, de 25
octubre)

1

Solicita
valorar
SI NO

Documentos aportados para
justificar el criterio
(Detallar)

(Acto administrativo del reconocimiento)

Priorización de solicitantes asociativos (no acumulativos).

1.2.1

1.2.2

1.3

Cooperativas y otras entidades asociativas agroalimentarias (SAT,
sociedades mercantiles siempre que más del 50% de su capital social
pertenezca a cooperativas o SATs).
Asociaciones, con personalidad jurídica propia, de dos o más
productores de los productos mencionados en el anexo VII parte II del
Reglamento 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, y no
contempladas en el punto 1.2.1.
Priorización de empresas que no han sido objeto de sanción firme
grave o muy grave con base en lo previsto en la Ley 12/2013 de 2 de
agosto de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena
alimentaria en los dos años anteriores. A tal efecto se considerará la
información incluida en la web de la Agencia de Información y Control
Alimentarios (AICA) y la información publicada por la autoridad de la
autoridad competente de la comunidad autónoma donde se presenta
la solicitud.
Priorización de solicitantes cuyas instalaciones disponen de
certificación medioambiental, que deberá ser aportada junto a la
solicitud.

9

1

(Certificado del Secretario del Consejo
de Administración u órgano que
corresponda, indicando la composición y
el porcentaje de distribución del capital
social)

(Estatutos y certificación del órgano
rector de la asociación)

1

1.4.1

Según el Reglamento comunitario EMAS (Reglamento (CE) Nº
1221/2009) o la Norma ISO 14.001.

1

(Certificación vigente)

1.4.2

Certificado Wineries for Climate Protection.

1

(Certificación vigente)

2

(Normas de vendimia de los últimos tres
años aprobadas por acuerdo del órgano
que corresponda de la empresa
(asamblea, junta rectora,...)

1.5

1.6

Priorización de empresas que tengan implantados sistemas de pago
de uva u otra materia prima (incluido mosto y vino) por calidad para la
totalidad de los pagos como mínimo durante los tres años anteriores
a la fecha de la solicitud. Será acreditado mediante la aportación de
normas de vendimia aprobadas por acuerdo de asamblea, junta
rectora u órganos de la empresa o cualquier otro documento válido en
derecho. No se considerarán dentro de este criterio los parámetros de
calidad recogidos en pliegos de condiciones de Denominaciones de
Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, ya que resultan de
obligatorio cumplimiento a los operadores voluntariamente acogidos.
Priorización de operadores que utilicen en sus operaciones
correspondientes los contratos tipos plurianuales de uva y vinos
vigentes a la fecha de entrega de la solicitud.

1

1.7

Priorización de productos vitivinícolas ecológicos.

5

(Certificación vigente)

1.8

Priorización de operadores acogidos a DOP o IGP.

5

(Certificación vigente del Consejo
Regulador o entidad de certificación de la
DOP o IGP)

Priorización de microempresa, pequeñas y medianas empresas
(excluyentes entre sí).
1.9.1

Priorización de microempresa.

4