Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064478)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza".
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o
de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables, en los términos que
para estos supuestos establezca la Administración Pública competente en cada caso.
37.4 Protección de las víctimas de violencia terrorista: Para hacer efectivo su derecho a la
protección y a la asistencia social integral, el personal que haya sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona con análoga relación
de afectividad, y los hijos/as de las personas heridas y fallecidas, siempre que ostenten la
condición de trabajadores/as y de víctimas del terrorismo de acuerdo con la legislación vigente, así como los trabajadores/as amenazados/as en los términos del artículo 5 de la Ley
29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del
Terrorismo, previo reconocimiento del Ministerio del Interior o de sentencia judicial firme,
tendrán derecho a la reducción de la jornada con disminución proporcional de la retribución, o
a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación
del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo que sean aplicables,
en los términos que establezca la Administración competente en cada caso.
Dichas medidas serán adoptadas y mantenidas en el tiempo en tanto que resulten necesarias
para la protección y asistencia social integral de la persona a la que se concede, ya sea por
razón de las secuelas provocadas por la acción terrorista, ya sea por la amenaza a la que se
encuentra sometida, en los términos previstos reglamentariamente.
37.5. El trabajador/a quien falte menos de cinco años para cumplir la edad de jubilación forzosa, podrá obtener la reducción de su jornada de trabajo en un tercio o un cuarto de la misma,
con una reducción proporcional de sus retribuciones.
37.6. Reducción de jornada por cuidado de hijo/a o por cuidado directo de un familiar.
a) Los trabajadores/as que por razón de guarda legal tengan a su cargo directo algún/a
menor de 16 años, incluidos los supuestos de adopción y acogimiento permanente o
preadoptivo, o alguna persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desarrolle actividades retribuidas, así como los que tengan a su cargo directo a un familiar,
hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, con una incapacidad o disminución reconocida de más del 65 %, que depende y requiere una dedicación especial y
que no realice actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada de
trabajo, con la disminución del salario, entre un tercio o la mitad, percibiendo entre el
75% o el 60 % de sus retribuciones íntegras, respectivamente.
b) Cuando sea necesario atender el cuidado de un familiar de primer grado, cónyuge o
pareja de hecho, el personal tendrán derecho, previa solicitud, a una reducción de hasta