Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064232)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el Desarrollo de las Prácticas Externas de las Enseñanzas Universitarias Oficiales del Grado en Educación Social.
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NÚMERO 248
Viernes 29 de diciembre de 2023

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CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y
FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DE LAS
PRÁCTICAS EXTERNAS DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES
DEL GRADO EN EDUCACIÓN SOCIAL
Mérida, 30 de octubre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, D. Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 99/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), en
virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto) en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
De otra parte, la Universidad de Extremadura, con NIF Q0618001B y domicilio en Rectorado
Plaza de los Caldereros s/n, 10003, Cáceres, actuando en nombre y representación de la misma el Sr. D. Pedro M.ª Fernández Salguero, en virtud de las facultades que le autoriza el nombramiento, efectuado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, actuando en el ejercicio de
la competencia atribuida en el artículo 93.h) del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se
aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura y de acuerdo con las competencias
que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Las partes, según intervienen, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar el presente Convenio y al efecto,
EXPONEN
Primero. La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad
Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en
toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen,
organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de
interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el artículo 2. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación.