Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023064365)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre.
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Jueves 28 de diciembre de 2023

2. T
 ambién se financiarán las becas y ayudas derivadas de la participación del alumnado en
aquellas otras convocatorias posteriores a la Resolución de 30 de diciembre de 2022, siempre y cuando la solicitud de participación se presente en el plazo previsto en el artículo 25
de la Orden de bases reguladoras y con anterioridad a la fecha de finalización de la vigencia
de la presente convocatoria.
3. A
 sí mismo, se financiarán las becas y ayudas derivadas de la participación de los alumnos
en las acciones formativas declaradas estratégicas que se financien de conformidad a lo
establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 11 del citado Decreto 121/2021, de 20 de
octubre, siempre y cuando se presenten dentro del período de vigencia de la presente
convocatoria.
Cuarto. Financiación de las becas y ayudas a los alumnos.
1. El importe total de la convocatoria asciende a ochocientos noventa y un mil trescientos
euros (891.300,00 ), con cargo a los créditos del ejercicio 2024 autorizados en la aplicación
presupuestaria 13008/G242B/480.00, y de acuerdo con el siguiente desglose por proyectos de gasto:
F.
FINANCIACIÓN

T. E

FONDO

TE24001002

C. PROYECTO

DENOMINACIÓN

13008/
G242B/480.00

20220369

Formación estratégica no conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos
empresariales de interés para
el empleo

400.000,00

391.300,00

100.000,00

T. E

TE24008001

20220370

Formación estratégica conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos
empresariales de interés

C.A

CAG0000001

20220381

Formación estratégica no incluida en el Catálogo Nacional
de Especialidades formativas

IMPORTE PREVISTO EJERCICIO 2024 SUBVENCIONES DE FORMACIÓN
DECLARADAS COMO ESTRATÉGICA

891.300,00

2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, en los
términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la publicación del correspondiente
anuncio en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma