Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064463)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de legalización e implantación de uso turístico en edificaciones existentes, cuyo promotor es Javier Manrique de Lara Fernández, en el término municipal Jarandilla de la Vera (Cáceres). Expte.: IA23/0452.
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Jueves 28 de diciembre de 2023

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Mata” deslinde aprobado mediante Resolución de 18 de septiembre de 2018 de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (DOE 15/10/2018). De
conformidad con lo anterior y examinadas las parcelas catastrales en la sede electrónica
del catastro 07/09/2023, de informa favorablemente al Proyecto de implantación de uso
turístico en edificaciones existentes, advirtiendo que la obra sobre el actual cerramiento
deberá retranquearse a los límites de la vía pecuaria para ajustarse a las coordenadas
del deslinde aprobado y firme, las cuales no constan correctamente en la cartografía
catastral. Cualquier actuación en terreno de vías pecuarias, deberá contar con la correspondiente autorización de esta Dirección General, atendiendo a lo dispuesto en el
artículo 226 de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE
26/03/2015) y a lo dispuesto en el Decreto 65/2022, de 8 de junio de 2022 (DOE
14/06/2022) que regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a motor,
de carácter no agrícola en las vías pecuarias.
— Durante el procedimiento de evaluación también se realizó consulta al agente del medio
natural de la zona, el cual emitió informe auxiliar donde indica que al tratarse de infraestructuras existentes y ser utilizadas por bajo número de personas el impacto será
mínimo. No afecta al ser humano, a la fauna y flora, al suelo, el agua, el clima y el paisaje, los bienes materiales y el patrimonio cultural, la Red Natura 2000, a ninguna especie
de fauna amenazada o flora en peligro de extinción. Afecta tangencialmente a la colada
del camino de Navalmoral de la Mata, toca las parcelas 419, 420 y 421, sin afectarla.
Añade que la explotación se encuentra a poco más de 1,3 km de la garganta Jaranda y
apenas a 100 metros del arroyo del Gallinero, por lo que se extremará el cuidado para
evitar que se puedan ver afectados por obras o el posterior desarrollo de la actividad.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.


a) El tamaño del proyecto. El proyecto se compone de un conjunto de seis edificaciones
ya ejecutadas. La superficie ocupada de todas las instalaciones es de 744,80 m2 y la
superficie construida es de 994,90 m2. La superficie total de las parcelas donde se
implantará el proyecto es de 77.465 m2.