Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
226 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023

66197

e. Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración actuante los terrenos en que se
localice la parte de aprovechamiento urbanístico que corresponda a dicha
Administración en concepto de participación de la comunidad en las plusvalías.
f. Costear y, en su caso, ejecutar la urbanización, incluyendo, en todo caso, la parte que
proceda de las precisas para asegurar la conexión a las redes generales de servicios y
dotaciones públicas y la integridad de éstas, siempre que la ordenación territorial y
urbanística sujete los terrenos a una actuación urbanizadora.
Proceder, en su caso, a la distribución equitativa de beneficios y cargas derivados del
planeamiento, con anterioridad al inicio de la ejecución material del mismo.

SECCIÓN 2.

DESARROLLO DEL SUELO URBANIZABLE

Artículo 103. Requisitos previos.
El desarrollo urbanístico del Suelo Urbanizable requiere la previa aprobación del Programa de
Ejecución, que debe incluir Plan Parcial y Anteproyecto de Urbanización.

Artículo 104. Unidades de Actuación.
Cada sector se desarrollará mediante Actuaciones Integradas, sobre cada una de las Unidades
de Actuación que para cada sector establezca el instrumento de planeamiento que defina el
Programa de Ejecución y el Plan Parcial correspondiente.
El mecanismo de gestión será conforme al sistema de actuación determinado para cada
Unidad de Actuación por el correspondiente Programa de Ejecución.

Artículo 105. Ejecución de infraestructuras y Sistemas
Antes de la aprobación del Programa de Ejecución sólo podrán realizarse en Suelo Urbanizable
obras correspondientes a las infraestructuras territoriales, así como a las Sistemas Generales
y locales definidos en este Plan Genera, con la condición de que se formule y tramite un Plan
Especial que establezca las condiciones de ejecución del correspondiente sistema o
infraestructura.