Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0095)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Millanes.
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NÚMERO 247
Jueves 28 de diciembre de 2023
66189
En el Plan Territorial se indican unos viarios paisajísticos que discurren por el término
municipal.
•
VIARIOS PAISAJÍSTICOS
Los viarios paisajísticos se corresponden con las carreteras que discurren por paisajes de
interés que merecen ser puestos en valor. Son los siguientes: EX-389 (Serrejón-La Bazagona),
itinerario Presa de Torrejón-La Bazagona, CC-53 (Serrejón-Casatejada), itinerario Almarozpuente de Albalat, itinerario A-5 o Belvís de Monroy por el oeste, CC-80 (A-5-Millanes-Belvís
de Monroy), CC-54 (A-5-Valdehúncar-conexión con la EX-l18), CC-33.3 (A-5-EI Gordo), CC-33.2
(El Gordo-Berrocalejo), itinerario A-5-Sierra de la Caldilla (pasando por las proximidades de
Casas de Miravete), CC-19.3 y CC-19.4 (Valdecañas de Tajo-Mesas de lbor) y EX-l18 (Bohonal
de lbor-conexión con CC-54). Estos viarios paisajísticos estarán debidamente señalizados y
contarán con miradores y puntos de observación del paisaje e interpretación de la naturaleza.
Por el término municipal de Millanes de la Mata los viarios paisajísticos que discurren son:
CC-80 (A-5-Millanes-Belvís de Monroy)
CC-54 (A-5-Valdehúncar-conexión con la EX-118)
También se adscribirá al Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras una franja de
terreno de anchura 30 m a ambos lados del eje de la línea eléctrica, lo que supone una franja
de terreno de 60 m de anchura. Dicha protección se estable en aplicación de la ITC-LAT-07 del
Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas en alta tensión y sus
instrucciones técnicas complementarias.
Artículo 89.
Suelo no urbanizable de Protección de Paisaje de Ruedos. (SNUP-P) (O.E.)
Se adscriben a esta categoría de suelo protegido los suelos definidos en el Plan Territorial en
el Artículo61, Paisaje de los ruedos de los núcleos de población. (NAD y D)
Artículo 90.
Suelo no urbanizable Regulación de Parcelas. (SNU-RP) (O.E.)
Se adscribe a esta categoría de suelo, el terreno ocupado de parcelaciones ilegales en el
noreste del término municipal. Este fenómeno no es exclusivo de Millanes dentro de la
Mancomunidad de Campo Arañuelo y ya el Plan Territorial recoge como uno de los principales
problemas de la zona.
Jueves 28 de diciembre de 2023
66189
En el Plan Territorial se indican unos viarios paisajísticos que discurren por el término
municipal.
•
VIARIOS PAISAJÍSTICOS
Los viarios paisajísticos se corresponden con las carreteras que discurren por paisajes de
interés que merecen ser puestos en valor. Son los siguientes: EX-389 (Serrejón-La Bazagona),
itinerario Presa de Torrejón-La Bazagona, CC-53 (Serrejón-Casatejada), itinerario Almarozpuente de Albalat, itinerario A-5 o Belvís de Monroy por el oeste, CC-80 (A-5-Millanes-Belvís
de Monroy), CC-54 (A-5-Valdehúncar-conexión con la EX-l18), CC-33.3 (A-5-EI Gordo), CC-33.2
(El Gordo-Berrocalejo), itinerario A-5-Sierra de la Caldilla (pasando por las proximidades de
Casas de Miravete), CC-19.3 y CC-19.4 (Valdecañas de Tajo-Mesas de lbor) y EX-l18 (Bohonal
de lbor-conexión con CC-54). Estos viarios paisajísticos estarán debidamente señalizados y
contarán con miradores y puntos de observación del paisaje e interpretación de la naturaleza.
Por el término municipal de Millanes de la Mata los viarios paisajísticos que discurren son:
CC-80 (A-5-Millanes-Belvís de Monroy)
CC-54 (A-5-Valdehúncar-conexión con la EX-118)
También se adscribirá al Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras una franja de
terreno de anchura 30 m a ambos lados del eje de la línea eléctrica, lo que supone una franja
de terreno de 60 m de anchura. Dicha protección se estable en aplicación de la ITC-LAT-07 del
Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas en alta tensión y sus
instrucciones técnicas complementarias.
Artículo 89.
Suelo no urbanizable de Protección de Paisaje de Ruedos. (SNUP-P) (O.E.)
Se adscriben a esta categoría de suelo protegido los suelos definidos en el Plan Territorial en
el Artículo61, Paisaje de los ruedos de los núcleos de población. (NAD y D)
Artículo 90.
Suelo no urbanizable Regulación de Parcelas. (SNU-RP) (O.E.)
Se adscribe a esta categoría de suelo, el terreno ocupado de parcelaciones ilegales en el
noreste del término municipal. Este fenómeno no es exclusivo de Millanes dentro de la
Mancomunidad de Campo Arañuelo y ya el Plan Territorial recoge como uno de los principales
problemas de la zona.