Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064343)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas y la Mancomunidad Integral Lácara-Los Baldíos para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 246
Miércoles 27 de diciembre de 2023

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Las Mancomunidades comunicarán a la Consejería los datos del personal que ofrece la prestación, con indicación de la jornada laboral y la distribución horaria.
Cuando dentro del periodo de vigencia del convenio, el personal de las OTUDTS cause baja o
se produzca un incremento del número de profesionales, las Mancomunidades procederán a
la cobertura del puesto de trabajo en los términos establecidos en la Ley 17/2010, de 22 de
diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y demás normativa estatal y autonómica vigente que le sea de aplicación.
La selección del personal que haya de adscribirse a la OTUDTS, de forma general o en el supuesto indicado en el párrafo anterior, se realizará mediante un procedimiento selectivo que
conste al menos de dos pruebas objetivas de carácter eliminatorio, una de las cuales tendrá
carácter práctico. En los procedimientos selectivos deberán garantizarse los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Las convocatorias habrán de tener la publicidad que exijan las normas que regulen el ingreso
del personal al servicio de la Administración Local. El texto íntegro de las bases de los procesos de selección y de cada uno de los trámites vinculados a los mismos, se podrá consultar
en la página web de las Mancomunidades para conocimiento de los interesados y aspirantes.
Con carácter previo a la convocatoria de los procesos selectivos, las Mancomunidades deberá
dar traslado a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
de las bases de la convocatoria, con el fin de comprobar su adecuación al convenio.
Entre los miembros del tribunal de selección de personal para la OTUDTS, deberá figurar como
mínimo un representante de la Junta de Extremadura, que actuará como vocal, designado
por el Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local
adscrita a Presidencia de la Junta de Extremadura), preferentemente de la Dirección General
de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, además, deberá asistir en calidad
de asesor, al menos uno de los miembros del equipo de coordinación de las OTUDTS, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, que
tendrá voz pero no voto.
Terminado el proceso selectivo, se habrá de constituir una bolsa de trabajo con los aspirantes
que, habiendo superado al menos la primera prueba, no hubieran superado el proceso selectivo. El orden de prelación en la misma vendrá determinado por la puntuación obtenida en el
mismo.